Expresamos nuestra preocupación sobre el alcance de la reforma realizada por el Ejecutivo ecuatoriano al reglamento del Código Orgánico del Ambiente, en cuanto se aleja de las normas y estándares internacionales en materia de derechos humanos, aseveró Jarab.
En su pronunciamiento, ampliamente divulgado aquí, señaló que el decreto ejecutivo 754 -promulgado el 31 de mayo de 2023 y ahora suspendido temporalmente por la Corte Constitucional- tiende a asimilar la figura de la consulta ambiental con el deber de la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas.
Por ello, el funcionario de la ONU enfatizó que la consulta ambiental no puede reemplazar ni suprimir el derecho-deber contemplado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual establece que los pueblos indígenas y tribales decidan sus prioridades.
También mostró preocupación porque en su opinión la normativa limita el derecho a una participación abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales, con información suficiente y oportuna.
Jarab llamó a las autoridades ecuatorianas a asegurar que las regulaciones respeten los derechos humanos, incluidos los compromisos y obligaciones del Estado en concordancia el Convenio 169 de la OIT y el Acuerdo de Escazú, referido a los delitos contra el medio ambiente.
Este miércoles, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) pidió a la Corte Constitucional suspender definitivamente la disposición gubernamental.
El presidente de la Conaie, Leonidas Iza, solicitó a la institución judicial ir a los territorios y ver los problemas reales, el impacto de la actividad extractiva en las comunidades.
En algunas localidades, como Las Naves y Sigchos, en las provincias de Bolívar y Cotopaxi, respectivamente, los habitantes protestaron hace unas semanas contra las consultas amparadas en ese decreto y eso generó enfrentamientos de indígenas y campesinos contra policías y militares.
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