En una comparecencia en el programa televisivo Hacemos Cuba, el titular señaló que ese grupo, aprobado por el Consejo de Estado para esas funciones, tuvo varias sesiones de intercambio antes de ampliar progresivamente los espacios de análisis.
En julio de 2019, poco tiempo después de la entrada en vigor de la Constitución (abril de 2019), fue creado un equipo multidisciplinario que trabajó en la política para la nueva legislación y la versión de anteproyecto que sirven de base ahora al trabajo de la comisión, explicó Silvera.
A partir de ahí se desarrollan consultas a expertos y a los entes representados en la comisión, de modo que poco a poco la reflexión llegue a ambientes diversos que contribuyan, desde la multidisciplinariedad, a formar una propuesta de norma jurídica sólida y actualizada, añadió.
Este es el paso previo a la presentación a los legisladores, comentó, y precisó que cuando el Parlamento apruebe el anteproyecto de Código, también debe definir cuándo y por cuánto tiempo durará la consulta popular.
‘Es un proceso complejo, que necesita tiempo, pero es un proceso necesario, porque la norma debe ser el resultado de esa toma de opiniones’, enfatizó el ministro y agregó que de esa manera lo establece la Constitución en la disposición decimoprimera.
Cuba requiere un Código de las Familias que se corresponda con la realidad del país y que dé cumplimiento a todos los principios y derechos fundamentales refrendados en la carta magna, dijo el jurista.
En este sentido, mencionó que en la nación existen actualmente diversos tipos de familia, formadas no solo por lazos consanguíneos sino también afectivos, y la legislación está en el deber de reconocerlas a todas en igualdad de condiciones y protegerlas.
La normativa vigente en este ámbito data de 1975, de ahí que esté desfasada en varios aspectos, sin embargo, fue una ley progresista y adelantada a su tiempo, algo que también debe ser la nueva propuesta jurídica, aseveró.
Entre los aspectos en los que debe profundizar el Código se encuentran los niños y niñas como sujetos de derecho, la protección a los adultos mayores y todas las personas en situaciones de vulnerabilidad, así como la responsabilidad de las familias con el cuidado de sus miembros.
Asimismo, debe establecer ‘pronunciamientos de protecciones prontas y eficaces ante cualquier síntoma de violencia’, sea del tipo que sea, y ampliar las opciones de los cónyuges ante el régimen económico del matrimonio.
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