A tales efectos la Gaceta Oficial publicó la aprobación para los bancos Popular de Ahorro, de Crédito y Comercio y Metropolitano de emitir créditos al consumo a los cubanos para la adquisición de artículos del hogar y personales.
La Resolución 276/2021 estipula que mediante el contrato de empréstitos al consumo, los bancos conceden estos anticipos bajo la forma de pago aplazado por las diferentes modalidades utilizadas en la práctica bancaria.
Dicha norma legal establece que para acceder al préstamo es requisito demostrar ingresos personales lícitos y tener al menos una cuenta bancaria en alguno de esos tres entes emisores que operan el país.
Sobre el crédito, detalla el texto que se otorgará en pesos cubanos (CUP) con un importe mínimo a financiar de cinco mil pesos para su ejecución en el mercado minorista que opera en esa moneda.
La cuantía y el plazo de la amortización será el que resulte del análisis de riesgo que realicen los bancos a partir de la capacidad de pago del solicitante, las características del bien a financiar, vida útil y las garantías que se ofrezcan.
Asimismo, se pondrá a disposición del deudor mediante tarjetas magnéticas u otro instrumento de pago establecido en la legislación vigente, distinto al dinero en efectivo, conforme se pacte en el contrato.
mem/crc