Así lo consideró el presidente del Tribunal Supremo, Rubén Remigio, quien hizo la presentación de la propuesta de normativa de Proceso Administrativo ante los legisladores, quienes la aprobaron para su entrada en vigor el próximo 1 de enero.
El jurista significó que la ley introducirá importantes modificaciones en el sistema judicial y hará más accesibles e inclusivos los procesos legales de esta naturaleza, además de fortalecer la calidad y responsabilidad en el desempeño de las funciones públicas y administrativas.
El nuevo cuerpo legal permite establecer reclamaciones por actuaciones, decisiones u omisiones indebidas de los órganos, organismos, entidades o personas que ejerzan ese tipo de responsabilidades, sean o no parte de la estructura de la administración pública; con el objetivo de rectificar o reparar el daño, explicó Remigio.
No obstante, establece que primero es preciso reclamar ante la autoridad superior. Nunca antes en Cuba hubo una legislación procesal administrativa que contemplara las garantías judiciales de esta, enfatizó el dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del legislativo.
Es la norma más retadora de todas las que el parlamento consideró en esta sesión ordinaria, añadió el diputado Ariel Mantecón, quien se refirió a la novedad del cuerpo legal y a su impacto social, porque todas las personas tienen interacción con su ámbito de actuación.
La norma amplía la competencia de los tribunales en materia administrativa, y como aspecto relevante, resalta que los instancias provinciales de estos conocerán, entre otros, de las reclamaciones relacionadas con la expropiación forzosa, el medioambiente y como primera instancia en materia de confiscaciones.
Cualquier persona que alegue la titularidad de un derecho o interés legítimo individual puede ser demandante; también quien tenga interés colectivo en materias relacionadas con la defensa del medioambiente, el patrimonio cultural y la ordenación urbanística.
La comisión de Asuntos Constitucionales recomendó establecer un sistema de capacitación para su aplicación y adoptar las medidas pertinentes para el conocimiento de la ley; así como desarrollar un amplio proceso de comunicación social sobre esta.
Además, trabajar en la propuesta de una ley de procedimiento en el ámbito de la administración pública y de otra legislación sobre las cuestiones no procesales inherentes a la expropiación forzosa.
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