El financiamiento aprobado para las nuevas formas de gestión será, en una primera etapa, en moneda libremente convertible (MLC) en pequeñas cantidades de capital que permiten dinamizar la producción y los servicios, con un ágil retorno del dinero prestado, aunque también se entregarán en pesos cubanos (CUP).
La directora general de la Financiera de Microcréditos S.A, Ayamis Lozada explicó a Prensa Latina que estos préstamos, a diferencia de la práctica internacional, no se entregarán para resolver problemas de subsistencia a personas que intentan hacer negocios a muy baja escala, todo lo contrario son para impulsar a esas organizaciones.
En nuestro caso será un microcrédito novedoso totalmente cubano por el tipo de moneda en que operarán y con el máximo interés de incentivar el crecimiento económico del país.
Con esos fines el Banco Central de Cuba aprobó la creación de la Financiera de Microcréditos S.A., legalmente reconocida para brindar servicio de empréstitos a las recién creadas micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes estatales, privadas y mixtas), los trabajadores por cuenta propia y cooperativas no agropecuarias.
El objetivo, explicó Lozada en conferencia de prensa, es apoyar a esas organizaciones que ya tienen un aval de negocios y emprendimientos que requieren un bajo financiamiento para producciones y servicios que tengan contratada su realización en la exportación, la Zona Especial de Desarrollo Mariel y ventas a través de tiendas en MLC.
Inicialmente, estos microcréditos se otorgarán para compras mayoristas en plaza, y los pagos a entidades autorizadas a vender en todo el territorio nacional en esta moneda.
Lozada significó que la economía necesita un retorno rápido del dinero y en la misma cantidad y moneda en que se entregó, en tanto el financiamiento concedido será ubicado íntegramente en la cuenta del proveedor de los servicios o productos.
Precisó que los microcréditos no tendrán un monto máximo, y el mínimo podría ser 100 mil CUP ó 500 dólares, oferta que la Financiera de Microcrédito S.A tendrá disponible partir del 15 de diciembre, 20 días después de haberse publicado en la Gaceta Oficial la norma legal que la ampara.
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