Según detalló esa entidad, la medida será a partir del 1 de enero del 2022 y con carácter temporal hasta el 30 de junio de ese año, sin límites en valor y cantidades.
La Aduana enfatizó en que para el disfrute de tal beneficio es requisito que dichos productos estén diferenciados, en el equipaje acompañado, de los artículos de otra naturaleza.
De acuerdo con el comunicado, también se extenderán en ese periodo de tiempo las bondades arancelarias otorgadas mediante las resoluciones 318 y 321 de julio de 2021 por el Ministerio de Finanzas y Precios, relacionadas con la importación de estos productos por las entidades estatales y asociaciones económicas internacionales.
La decisión fue tomada debido a las limitaciones de ofertas de dichos productos motivadas, entre otras causas, por el recrudecimiento del bloqueo económico, financiero y comercial impuesto por el Gobierno de Estados Unidos contra Cuba y el impacto de la crisis económica mundial provocada por la Covid-19.
El 16 de julio de este año el Ministerio de Finanzas y Precios emitió la Resolución 309, que flexibilizaba hasta el 31 de diciembre del 2021 la importación de alimentos, aseo y medicamentos en equipajes acompañados de los pasajeros que arriben al país.
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