La norma, según informó el coronel Nelson Cordobés, jefe de la Aduana de la República, será publicada a principios de abril en la Gaceta Oficial.
Esta medida autoriza a los viajeros que transporten en su equipaje acompañado a su arribo al país los fármacos que contengan sustancias fiscalizadas, para cumplir tratamiento médico prescrito y en las cantidades que se correspondan con ese propósito.
También, que aquellos viajeros que utilicen sustancias fiscalizadas para el mantenimiento y de sustitución de la drogodependencia, tramiten y obtengan la autorización previa a su arribo al país para transportar e importar su tratamiento médico.
Según informó Maylín Beltrán Delgado, jefa del Departamento de Servicios Farmacéuticos del Ministerio de Salud Pública (Minsap), la norma contempla la importación y exportación de medicamentos, drogas estupefacientes, psicotrópicos y sustancias de efecto similar a las drogas de uso médico.
También incluye vacunas, hemoderivados, equipos y dispositivos médicos y otros similares.
La funcionaria intervino este jueves en el programa televisivo Mesa Redonda, dedicado a la actualización de normas por varios organismos del Estado, que impactan en el trabajo de fronteras.
Señaló que esa disposición se fundamenta en las atribuciones del Minsap en temas de regulación, control y fiscalización de las drogas estupefacientes, psicotrópicos y sustancias de efecto similar a las drogas de uso lícito, de medicamentos y otros productos para la salud.
También, añadió, a las regulaciones internacionales aprobadas en materia aduanera y de drogas que impactan en la efectividad sobre el control y enfrentamiento al tráfico internacional de este tipo de sustancias.
Recordó al respecto que Cuba es firmante de la Convención única de 1961 sobre estupefacientes, el Convenio sobre sustancias psicotrópicas de 1971 y de la Convención de 1988 contra el tráfico ilícito de estupefacientes y psicotrópicos.
Aclaró que esta norma no modifica lo previsto por las autoridades de Cuba sobre la importación de medicamentos libres de aranceles, lo cual siguen vigente, sino que se refiere a productos específicos que requieren de condiciones especiales para su importación y exportación.
Agregó que hasta el presente la entrada de esos fármacos al país estaba prohibida y requerían incluso una autorización específica del Minsap. En cambio, la nueva normativa define con mayor transparencia las autorizaciones y prohibiciones y sus procedimientos, facilita el tránsito de los pasajeros por la frontera y flexibiliza la transportación por viajeros que las requieran para su tratamiento médico.
Asimismo, actualiza y unifica el tratamiento en frontera por las diferentes modalidades establecidas en el tráfico internacional, puntualizó la jefa del Departamento de Servicios Farmacéuticos del Minsap.
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