De acuerdo con el Decreto Ejecutivo 44, publicado en Gaceta Oficial, estas actividades deberán cumplir con todas las medidas de bioseguridad indicadas por las autoridades sanitarias para evitar la propagación de la dolencia.
La norma suscrita por el presidente de la República, Laurentino Cortizo; y la ministra encargada de Salud, Ivette Berríos, establece que deben respetarse los aforos permitidos en los locales, además de presentar de forma obligatoria en las entradas el código QR o tarjeta de vacunación con esquema completo.
Otras de las medidas a cumplir es el uso de mascarillas, higiene frecuente de manos y el distanciamiento físico, precisa el texto.
A pocos días de la Semana Santa, la medida también permite los tradicionales desfiles de carretas, carros alegóricos, bandas y similares con delegaciones limitadas a 50 personas.
La cartera de Salud junto a los organismos de seguridad velará por el cumplimiento de las medidas establecidas, señala el Decreto.
El pasado 27 de enero, el Ejecutivo suspendió en todo el país de los tradicionales carnavales, por segundo año consecutivo, debido al auge de la pandemia.
Aquella normativa estuvo vigente hasta el pasado 6 de marzo y prohibió la realización de bailables, en espacios abiertos o cerrados, en jardines, cantinas, discotecas y similares.
Según la disposición, también prohibieron presentaciones de artistas en tarima y los llamados juegos “culecos o mojaderas»; desfiles, murgas, comparsas y tunas, entre otras festividades favoritas de los panameños en esa época del año, pero que atraen aglomeración de personas.
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