De acuerdo con la titular de la CSJ, María Eugenia López, ese beneficio que tenía el visto bueno de la Asamblea Nacional (Parlamento) creó para alcaldes, vicealcaldes y representantes de corregimientos(ediles) y sus suplentes un fuero o privilegio en detrimento de otras personas en la misma situación.
Según la Contraloría General de la República, 172 ediles de un total de 679; y 30 alcaldes de 81 tienen esa prerrogativa. El Estado eroga 3,9 millones de dólares anuales en el pago de esas licencias, de acuerdo con estadísticas oficiales.
Para la CSJ se trata de una clara violación del artículo 19 de la Constitución que señala que no habrá fueros o privilegios para funcionarios públicos en la nación centroamericana.
Además, el artículo 302 de la Carta Magna del istmo dispone que los funcionarios no podrán recibir dos o más sueldos pagados por el Estado, precisa el reciente dictamen del órgano judicial.
En ese sentido señala que el texto citado es lo suficientemente claro para desestimar de forma tajante la duplicidad de salario para los funcionarios u ocupar posiciones que exigen jornadas simultáneas de trabajo.
Por otra parte, los magistrados de la CSJ coincidieron con el Procurador de la Administración, Rigoberto González, quien consideró que la ley 37 del 29 de junio de 2009, sancionada en el Parlamento, violó el espíritu de la Ley de leyes y su artículo 163 que de manera diáfana precisa que está prohibido al poder legislativo expedir normas que contraríen la letra o el espíritu de la Constitución vigente desde 1972.
Las licencias con sueldo, que existen desde hace años, han sido cuestionadas por analistas como uno de los mecanismos que permiten desembolsos administrativos, corrupción y clientelismo en diferentes niveles del Ejecutivo.
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