Así lo consideró la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del legislativo en el dictamen sobre la normativa, que junto al Código Penal y la ley de Los Tribunales Populares modifica el sistema de justicia penal y lo ajusta a los principios de la Constitución vigente desde el 10 de abril de 2019.
El cuerpo legal, como explicó el presidente del Tribunal Supremo, Rubén Remigio, concentra las regulaciones relacionadas con la fase de ejecución de las sanciones y medidas de seguridad, lo que permite una mejor instrumentación, localización y uso por los operadores.
Su objetivo principal, apuntó, es la resocialización del sancionado a través de un tratamiento particularizado e integrado, en la que intervienen diversos actores sociales, y donde se realza la responsabilidad del Estado en la labor de atención, prevención y asistencia social.
La ley da solución a aspectos asociados a derechos y garantías esenciales de las personas, y a la necesidad de prever un tratamiento diferenciado a quienes concurren en condiciones especiales, como la presencia de alguna situación de discapacidad o enfermedad, o tener menos de 18 años.
De forma general, refuerza las garantías del debido proceso de los imputados, acusados, sancionados y asegurados, al reconocerse los derechos y beneficios que les asisten cuando cumplen sanción en condiciones de libertad y durante su permanencia en los establecimientos penitenciarios.
En ese sentido, proyecta la intervención activa del abogado en la etapa de ejecución de sanciones y medidas de seguridad y cautelares, en cuanto a las entrevistas con el representado y la formulación de quejas, entre otras circunstancias.
De igual manera, fortalece la protección a la víctima mediante fórmulas para que los sancionados cumplan la responsabilidad civil y resarzan los daños ocasionados, además de asegurar la efectividad de la prohibición de acercamiento. Como aspectos novedosos resaltan la inclusión de un enfoque de género para la ubicación de los reclusos en los establecimientos penitenciarios y un tratamiento educativo, médico y especializado diferenciado por razón de género, orientación sexual o afectaciones severas que puedan presentar por coexistir la condición de victimaria-víctima.
Además, por primera vez se regula el procedimiento para la ejecución de las sanciones principales y accesorias impuestas a las personas jurídicas en el ámbito penal.
La ley de Ejecución Penal transitó por 12 versiones desde marzo de 2019 a enero de 2022, y para su conformación contó con una amplia consulta a especialistas de diversas instituciones, lo cual generó 175 criterios y propuestas, de los cuales fueron aceptados 99.
jcm/kmg