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Código de las Familias abraza personas con discapacidad en Cuba (+Fotos)

Camagüey, Cuba, 22 sep (Prensa Latina) El nuevo Código de las Familias hoy en Cuba se escribe con páginas de humanidad, y aunque muchos pretendan manipular el asunto, el caso del joven en situación de discapacidad Roger Díaz, así lo narra.

Demoras en el parto que provocaron complicaciones, una hipoxia cerebral derivada en parálisis de este crucial órgano, hicieron que el destino de su familia radicada en la ciudad de Camagüey, tomara un rumbo complejo pero lleno de amor, no exento por supuesto, de complicaciones en el orden legal que les facilitara la vida en casa.

Según explicó al rotativo Granma la especialista Caridad Valdés, la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, de la cual Cuba forma parte, plantea que todas las personas puedan ejercer sus derechos, que se respeten sus voluntades y preferencias, y no se coarte su posibilidad de actuación en cualquier tipo de acto jurídico.

Sin embargo “…en nuestro país aún existen lagunas que le impiden a la familia pues desarrollarse con mayor plenitud”.

Precisamente Roger Díaz, el padre de Rogerito, nacido en 2002, y que hoy incluso cursa la carrera de Periodismo en la Universidad de Camagüey, nos cuenta de las diversas dificultades de un entorno familiar al que siete años después le llegaría otro hijo, actualmente practicante de la natación en una escuela deportiva.

“El panorama hizo que me licenciara de las Fuerzas Armadas Revolucionaria ante esta situación en casa, momento en el cual mi mujer no trabajaba, así que cuando el niño tuvo seis años, prácticamente solo contábamos con mi chequera de 288 pesos, y la ayuda de mi suegra”, dijo a Prensa Latina.

Expedientes y políticas gubernamentales no fueron suficientes sin el respaldo jurídico más prudente, para que con la ayuda de trabajadores sociales, en la familia de Rogerito las cosas marcharan con más desahogo.

“Mi mujer empezó a trabajar en una tienda de recaudación de divisas, aunque en inicio se le dio la condición de madre cuidadora, pero no podíamos sentirnos realizados del todo desde lo social y profesional incluso, aunque por supuesto nuestro niño es motivo de amor y deseo”, argumentó el entrevistado.

El propio padre agregó que “sin embargo, cuando se empezó a debatir lo del Código de las Familias planteo precisamente la necesidad y atención de casos como nosotros, porque veía que se hacía más énfasis en temas como el matrimonio igualitario”.

La propia Valdés, profesora titular de la Universidad de la Habana, comentó sobre el ámbito de las personas en situación de discapacidad que en “el Artículo 89 de la Constitución se aclara que gozan de iguales derechos que el resto de la población en sentido general; en tanto, el Estado, la familia y la sociedad deben trabajar para lograr su inclusión social y el libre desarrollo de su personalidad”.

Sin embargo casos como el de Rogerito han mostrado que no ha sido suficiente la práctica a través de las últimas décadas, si miramos la protección y respaldo para aquellos responsables de su cuidado.

Sin dudas la panorámica mejora con el nuevo Código “para nosotros sentirnos como personas mucho más realizadas, además tenemos que decir que este niño es motivo de orgullo e inspiración, tanto que le decidimos siempre que él puede lograr lo que se proponga, además de su alto nivel de autoestima, envidiable para otros niños “normales”, aseguró el mayor de los Roger.

Para Valdés, también profesora titular de la casa de altos estudios de La Habana, “con los cambios que incluye el Código de las Familias, se busca que las personas en situación de discapacidad motora, sensorial o síquica, tengan la posibilidad de ejecutar sus derechos como cualquier otra, en absoluta igualdad”.

La evolución del Código de las Familias de 1975 al de la fecha es notable en beneficio a personas como Rogerito Díaz, por diversas razones, sobre todo porque en aquella legislación les denominaba como “incapacitados” o “incapaces”, términos ya obsoletos que les dejaba en desventaja ante situaciones puntuales.

El referendo propuesto nos habla de los derechos de las personas en situación de discapacidad, en igualdad de condiciones con los demás, a tono con la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La manera más humana de entender la discapacidad, es lo que plantea el también llamado Código de los Afectos, donde la igualdad y no discriminación son las premisas manifiestas en formas de asistencia, libremente electas por una persona en situación de discapacidad para garantizar el ejercicio de sus derechos, la propia comunicación ante sus actos jurídicos y las consecuencias de los mismos.

mem/fam

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