En una circular divulgada este jueves por el MAP, se deja en libertad a los titulares de órganos, entes y empresas públicas, a que, por la naturaleza de sus funciones y servicios, pueden establecer horas y días de trabajo especiales, a fin de garantizar la prestación de servicios a la ciudadanía.
La decisión fue tomada por el mencionado organismo en su rol de órgano rector del empleo público y la calidad de los servicios en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley núm. 41-08, de Función Pública, y el artículo 27 del Reglamento núm. 523-09, de Relaciones Laborales.
El ministro del MAP, Darío Castillo, exhortó a los servidores públicos a dedicar tiempo para reflexionar y compartir con sus familiares, y que se mantengan pendientes a las medidas tomadas por el Centro de Operaciones de Emergencia en caso se vayan a desplazar al interior del país.
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