Las apelaciones se establecieron contra la condena a ocho años dictada al empresario Ángel Rondón, cinco a Víctor Díaz, y la descarga del proceso indicada a Conrado Pittaluga.
En el caso de Díaz, la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa solicitó al tribunal acoger las imputaciones por lavado, ya que solo fue condenado por enriquecimiento ilícito y piden sea condenado a 10 años de prisión. Mientras que en cuanto a Pittaluga, a quien acusa de lavado de activos provenientes de actos de hecho de sobornos, solicitaron una condena de siete años de reclusión.
Por su parte, la defensa de Rondón objetó la sentencia que lo condenó a siete años por sobornos, al indicar que la misma no identifica a los sobornados como manda la ley, solicitando al tribunal la celebración de un nuevo juicio.
Sin embargo, los representantes del Ministerio Público solicitaron al tribunal el rechazo de los recursos de Rondón y Díaz porque a su juicio carecen de fundamento legal y “tergiversan los hechos y las pruebas” que habrían presentado los fiscales en el juicio.
En el juicio concluido el 14 de octubre de 2021, quedaron absueltos además de Pittaluga, Andrés Bautista, Tommy Galán y Roberto Rodríguez, para quienes se dispuso levantar la medida de coerción en su contra y el cese de toda orden de inmovilización de fondos y cancelación de cualquier oposición a sus bienes.
Los acusados en el mencionado juicio fueron juzgados por recibir sobornos de parte de la constructora brasileña para la adjudicación de obras del Estado por un valor de 92 millones de dólares.
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