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Sancionan en Cuba a privación perpetua de libertad a dos ciudadanos

La Habana, 9 may (Prensa Latina) El Tribunal Supremo Popular de Cuba (TSP) confirmó hoy la privación perpetua de libertad de dos ciudadanos de la isla, autores de asesinatos a mujeres.

Yadier Delvá Simón fue sentenciado por el crimen de la que fue su esposa y madre de su único hijo, mientras que Alexander Nápoles Téllez agredió a su anterior pareja, una vez que decidió separarse de él.

Ambos se valieron del uso de armas blancas e instrumentos contundentes para cometer los delitos, precisó la fuente.

El primero de los imputados solicitó ser exonerado de la responsabilidad penal, asegurando que sus acciones estuvieron condicionadas por un profundo estado de alteración síquica, no obstante, las pruebas del proceso desmintieron su versión de los hechos y demostraron su responsabilidad en el hecho.

En el segundo caso, Nápoles Téllez manifestó estar arrepentido, sin embargo, quedaron probados los actos perpetrados y la falsedad de su supuesta compunción.

El TSP decidió denegar los recursos de apelación presentados por los acusados, luego de evaluar la magnitud de las acciones cometidas, que ocasionaron la muerte de dos mujeres.

Asimismo, contempló lo regulado en la Constitución de la República sobre la igualdad de derechos entre hombres y féminas y la protección que debe procurárseles contra la violencia, en cualquiera de sus manifestaciones y espacios.

El tribunal actuante también tuvo en cuenta que estos sucesos marcan irremediablemente el futuro de los hijos menores de edad de las víctimas y suscitan la total repulsa y absoluto rechazo por la sociedad, que defiende la inclusión, la igualdad y la no violencia.

En conclusión, la Sala confirmó las sanciones de privación perpetua de libertad, dictadas por los tribunales de las provincias donde residen los imputados (La Habana y Ciego de Ávila).

Además en el caso de Delvá Simón fue ratificada la decisión de privarlo de los derechos paterno-filiales y de tutela sobre el hijo que tiene en común con la fallecida.

Señaló el TSP que el Código Penal vigente establece, en su artículo 345, sanciones de 20 a 30 años y privación perpetua de libertad a quien prive de la vida a una mujer como consecuencia de la violencia de género.

Esto, agregó la fuente, evidencia la voluntad del Estado cubano de garantizar la protección y atención legal a las féminas, castigando severamente a los declarados responsables de estos hechos.

npg/mks

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