Un equipo de Prensa Latina acudió a la sede diplomática y comprobó la presencia de varias decenas de personas, impulsadas por dudas e inquietudes en torno a la medida.
Funcionarios de la embajada panameña atendían a un grupo de los presentes con cita acordada con anterioridad.
Las autoridades cubanas insisten en una migración ordenada y segura, en medio del incumplimiento por Estados Unidos de los acuerdos y obligar a procurar la visa en un tercer país.
Cuba no es responsable de la actual situación por ser una decisión del gobierno de Panamá, que debe buscar una salida a quienes habían adquirido boletos para los próximos días.
La norma entró en vigencia la víspera a partir de su promulgación en Gaceta Oficial, y dispone que ese permiso podrá ser otorgada por 24 horas como máximo.
La medida aplica para quienes pasen por esa nación en su trayectoria hacia otro destino o de regreso a la isla, y solo autoriza a la persona a permanecer en el área de tránsito internacional de la terminal aérea, con la finalidad de continuar viaje.
Establece, además, la obligatoriedad de que el interesado la solicite personalmente, con un costo de 50 dólares, ante el consulado de Panamá en el país donde que se encuentre, con un plazo mínimo de 15 días hábiles anteriores a la fecha del viaje.
Para tramitar ese tipo de visa, el viajero deberá aportar, entre otros documentos, un formulario de solicitud, dos fotografías tipo carné, copia del pasaporte (vigencia mínima de seis meses) y la reservación de área comprobada o itinerario de continuidad del periplo.
Además, se exige copia del documento de identidad del país de residencia (también con vigencia mínima de seis meses) y el comprobante del pago realizado por los derechos consulares.
En caso de los menores de edad, el trámite de la visa corre a cargo de uno de los padres e incluye la autorización del otro progenitor, o quien tenga la tutela acreditada del infante.
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