Fotos: Tony Hernández Mena
<br>De acuerdo con la fuente, la primera de estas normas, adoptadas la víspera, protege mediante el régimen especial de seguridad social a los trabajadores por cuenta propia (privados), los socios de las cooperativas no agropecuarias y de las micro, pequeñas y medianas empresas privadas.
Con ese propósito, reconoce, con carácter excepcional, los años de servicios de los pescadores que ejercían la pesca comercial privada con anterioridad a la vigencia de la Ley 129, Ley de Pesca, de 2019.
De acuerdo con Martha Elena Feitó, ministra de Trabajo y Seguridad Social, el tiempo de servicio prestado se acredita mediante los contratos económicos suscritos con las empresas pesqueras, la licencia de pesca o la certificación emitida por la Oficina Nacional de Inspección Estatal, que avala su registro.
El segundo Decreto ley aprobado, deja sin efecto los límites fijados al Ministerio de Finanzas y Precios con el objetivo de lograr la reasignación de los recursos presupuestarios planificados, con mayor flexibilidad en función de su ejecución y el respaldo a niveles de actividad en los sectores sociales y económicos.
La web de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP, Parlamento) informó que ambas normativas serán publicadas oportunamente en la Gaceta Oficial de la República.
En la jornada, también se examinaron, entre otros procesos, la marcha de la consulta popular del Código de las Familias.
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