La normativa, que jerarquiza y centraliza en un solo cuerpo legal con rango de ley, el funcionamiento del Estado en cuanto al servicio y la acción exterior, fue debatida por los legisladores en dos jornadas de estudio previas de forma virtual.
Para su redacción final fueron considerados los elementos surgidos de ese análisis, así como las propuestas de la ciudadanía mediante el correo electrónico y otros canales habilitados.
El canciller, Bruno Rodríguez, al presentar la nueva legislación, añadió que el cuerpo legal es congruente con los principios de la política exterior y de la diplomacia revolucionaria establecidos en la Constitución y en el ordenamiento legal.
La ley regula lo relativo a la dirección, ejecución, control e inspección de la política exterior del Estado, y los principios de la acción exterior de este y de los sujetos que intervienen, así como sus funciones.
Asimismo, norma la integración y organización del servicio; los requisitos para el ingreso y permanencia en este; las funciones de las misiones diplomáticas y consulares, y las atribuciones, obligaciones, prohibiciones y derechos de quienes lo cumplen.
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