La lucha por ese mineral originó las enmiendas al documento impulsadas por el gobernador de esa región noroccidental, Gerardo Morales, que desconocen la voz de esas comunidades sobre el uso de los terrenos con yacimientos de litio, añade una nota de la articulista Mara Pedrazzoli.
Las manifestaciones unen a las comunidades indígenas con organizaciones sociales, sindicatos y personal de la salud que cuestionan los cambios constitucionales, además, porque criminalizan las protestas sociales, y legalizan la represión liderada por Morales.
Los demandantes recuerdan que los pueblos originarios habitan esos territorios desde antes de existir el Estado argentino, por lo cual tienen derecho a participar de las decisiones económicas y políticas que los involucran, aclara Pedrazzoli.
El artículo 75 de la Constitución Nacional –precisa la comentarista- reconoce “la preexistencia étnica y cultural de las comunidades de pueblos originarios y el reconocimiento tanto de su personería jurídica como de la posesión y propiedad comunitaria de las tierras”.
Pero dicha propiedad histórica no está escriturada, de lo cual se vale la reforma para otorgar mediante su artículo 50 “el poder de sacar a las comunidades de sus tierras asignándoles otras”, mientras el 67 refuerza los fundamentos para reprimir protestas en cortes de ruta.
Otro documento que legitima esa propiedad es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, al establecer que los grupos originarios deben ser consultados sobre las formas de extracción de los recursos.
El artículo de Página/12 cita a Federico Nacif, sociólogo de la Universidad de Buenos Aires, quien asegura que la enmienda a la constitución local “reafirma la posibilidad del Estado de desalojar a las comunidades de sus tierras, pero por vía legal”.
“Esto es en nombre de la paz social, pero una paz que es importante para los emprendimientos mineros”, subraya el investigador en alusión al litio, sobre el que en el país existen tres proyectos de explotación en proceso de producción, y cerca de 40 en fase piloto de prospección.
Según Página/12, “las explotaciones son consideradas proyectos sustentables cuando no hay conflictos sociales en la zona y eso es algo que las mineras deben demostrar”, como en el Salar del Hombre Muerto, conocido como un caso exitoso por la ausencia de litigios con las comunidades indígenas.
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