Desde esa fecha será efectivo el pago adicional mensual por años de servicios prestados, se elevarán las cuantías del pago de la nocturnidad a médicos, estomatólogos, personal de enfermería y tecnólogos de la salud, y el de las horas trabajadas por los médicos y estomatólogos los fines de semana en horario diurno.
También se incluirá la remuneración por condiciones especiales de trabajo a médicos y estomatólogos que son ubicados en unidades rurales y de difícil acceso, y a los enfermeros que laboran en servicios que exigen un nivel de responsabilidad superior o donde las características de la patología a atender requieren un esfuerzo superior al normal.
La disposición también establece para los médicos, estomatólogos, personal de enfermería, psicólogos, tecnólogos y otros licenciados y técnicos que cumplen funciones específicas propias de la actividad sanitaria, que laboran en el sector presupuestado, el pago adicional mensual por años de servicios prestados.
Se considera como tiempo laborado el acumulado en el ejercicio de la profesión, de forma continua o no.
Además, la Resolución publicada por la Gaceta Oficial autoriza el pago a los profesionales de la salud por el máximo esfuerzo al incrementar la carga asistencial, docente, investigativa y otros servicios que aseguran la vitalidad del sistema.
Para la entrada en vigor de estas medidas a partir del 1 de enero de 2024, el Ministerio de Salud Pública aprobó el procedimiento general, los requisitos, condiciones e indicadores para la implementación del pago por el máximo esfuerzo, así como los mecanismos para su control.
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