El pasado miércoles el primer ministro Manuel Marrero dio a conocer la decisión gubernamental de autorizar excepcionalmente y con carácter temporal la importación por parte de los pasajeros con equipaje acompañante de alimentos, artículos de aseo y medicamentos sin límite de valor y exento del pago de aranceles de aduana.
Esta medida empezará a ejecutarse el próximo 19 de julio y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021.
Al intervenir en el programa radiotelevisivo Mesa Redonda, Cordovés explicó que el próximo lunes entrará en vigor la Resolución 213 de la Aduana General, publicada este viernes en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 62.
Esta normativa dispone no aplicar en el periodo mencionado la Resolución 206 que establece el ‘Límite para la determinación del Carácter Comercial a las importaciones que realizan las personas naturales por cualquier vía, y las Notas Generales de interpretación para su aplicación’, emitida en junio de 2014.
Explicó que este beneficio se aplica a condición de que los artículos clasificados como alimentos o de aseo, así como los identificados como medicamentos, que integren parte del equipaje acompañado del pasajero, se presenten ante la Aduana en bultos separados del resto de los productos.
Especificó que la normativa se aplicará a todos los pasajeros que viajen al país, sean cubanos o extranjeros, y solamente al equipaje acompañante, en tanto los límites serán únicamente los que impongan las aerolíneas.
Cordovés recomendó a los viajeros revisar los sitios web de la Aduana y de los ministerios de Agricultura y de Salud Pública a fin de informarse sobre los artículos que según regulaciones internacionales no pueden entrar por las fronteras, entre ellos las drogas o medicamentos que tengan estos efectos.
El directivo mencionó entre las novedades de esta resolución la inclusión de un grupo de insumos médicos no contemplados como medicamentos y que son ampliamente solicitados por la ciudadanía en el contexto de la pandemia de Covid-19.
Entre ellos, mencionó dispositivos de diagnóstico para análisis y biosensores, mascarillas sanitarias desechables, máscaras para administrar oxígeno, hojas y mangos de bisturí, guantes, jeringuillas y culeros desechables de adultos.
En cuanto al aseo están incluidos, además, productos como jabón, detergente y preparaciones para higiene bucal, entre otros.
Mientras, las bebidas no alcohólicas y la cerveza se considerarán como alimentos y también se benefician con la normativa, pero no así las bebidas alcohólicas, precisó Cordovés.
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