La resolución número 273 publicada en la Gaceta Oficial destacó que tal decisión se adoptó teniendo en cuenta la política aprobada para el desarrollo perspectivo de las fuentes renovables y el uso racional de la energía.
De esta manera se autorizó la importación no comercial por personas naturales de equipos electrodomésticos, así como sus partes y piezas fundamentales, los cuales estaban limitados por su alto consumo de electricidad.
Según la normativa jurídica, se podrán importar cocinas, hornillas y hornos eléctricos para uso doméstico de cualquier tipo o modelo, y aires acondicionados mayores de una tonelada de capacidad y hasta dos toneladas.
Los equipos mayores de dos toneladas podrán admitirse siempre que su importador acredite, a satisfacción de la Aduana, que el valor no excede de mil dólares estadounidenses o su equivalente en otra divisa.
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