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Ente electoral de Ecuador revisa reclamos sobre votos de legisladores

Quito, 4 mar (Prensa Latina) El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador aceptó parcialmente hoy una reclamación del movimiento político Pachakutik sobre inconsistencias en actas con votos para asambleístas nacionales, de los recientes sufragios generales.

El recurso fue interpuesto por Marlon Santi, coordinador de la organización representante de los pueblos y nacionalidades indígenas, quien entregó dos mil 690 actas con supuestas irregularidades marcadas por falta de firmas de presidente o secretario de juntas receptoras.

De acuerdo con el CNE, tras verificar la documentación entregada el ente confirmó que mil 879 son válidas, 515 estaban repetidas y 224 ya fueron recontadas por las Juntas Provinciales Electorales, por lo cual solo quedaron 72 por revisar.

Según las precisiones, 68 de las actas carecen de alguna de las firmas requeridas, mientras cuatro no coinciden con las computadas.

En correspondencia con el chequeo realizado, el cuerpo colegiado dispuso iniciar el reprocesamiento en las ocho provincias donde se detectaron los problemas: Guayas, Esmeraldas, Santo Domingo de Los Tsáchilas, Santa Elena, El Oro, Los Ríos, Manabí y Carchi.

Por otra parte, el CNE resolvió negar la demanda sobre actas de asambleístas nacionales realizada por Fuerza Ecuador, pues el informe técnico jurídico estimó que ‘la solicitud no configura en una reclamación administrativa para ser tratada en la audiencia pública de escrutinios ni se enmarca en las causales del artículo 138 del Código de la Democracia’.

También fue rechazado el pedido del secretario del movimiento oficialista Alianza PAIS, porque la solicitud no está incluida en las causales del artículo 138, por tratarse de presunciones subjetivas carentes de fundamento jurídico y no encontraron inconsistencias en las actas presentadas por el impugnante.

En cuanto a los sufragios por asambleístas provinciales, el CNE admitió de forma parcial el recurso de impugnación de la Alianza Unión por la Esperanza, listas 1-5, y dispuso a la Junta del Guayas abrir cinco paquetes electorales con inconsistencias.

Asimismo, determinó que otras actas objetadas no incurrieron en las causales establecidas en los artículos 138 y 147 del Código de la Democracia.

jf/scm

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