La medida quedó implementada a través de Decreto Ejecutivo en 16 de las 24 provincias de esta nación andina, donde el sistema de salud pública está a punto del colapso por la sobresaturación de espacios destinados a atender a pacientes con la enfermedad.
De acuerdo con la disposición, la norma regirá hasta el venidero 20 de mayo, desde las 20:00 hasta las 05:00 (hora local) de lunes a jueves, mientras que se aplicará restricción de movilidad absoluta, con toque de queda ininterrumpido a partir de las 20:00 del día viernes y finalizará a las 05:00 del lunes.
La regulación regirá en Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumbíos.
Quedan exceptuados de las restricciones los servicios de salud de la red pública integral y privada complementaria, emergencias y agencias de control, agua potable, electricidad, recolección de basura, provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización, de medicinas, insumos médicos y sanitarios, entre otros.
Tampoco tendrán que asumir esos horarios trabajadores de medios de comunicación, funcionarios diplomáticos, consulares y de organismos internacionales acreditados en el país, personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada y actividades relacionadas al sector financiero-bancario.
Quedan exoneradas además personas con citas médicas agendadas o de vacunación, de servicios de entregas de comida y medicinas o quienes deban movilizarse a puertos, aeropuertos o pasos fronterizos.
En todos esos casos deberán presentar la documentación habilitante, credenciales, turnos y pasajes.
Durante la vigencia del estado de excepción en las 16 provincias, quedan sin efecto los salvoconductos emitidos por los Gobierno Autónomos Descentralizados y se prohíbe la emisión de nuevos documentos durante el periodo que dura la medida.
Fuera del toque de queda la circulación de autos particulares mientras que en el transporte público urbano, el aforo permitido es del 50 por ciento.
En el marco de ese período, no se interrumpirá el proceso de vacunación e inmunización en curso contra la Covid-19 e igualmente quedará garantizado el desarrollo de los procesos de transición de gobierno y de posesión de nuevas autoridades determinadas en la Legislación.
Cifras oficiales del Ministerio de Salud Pública indican que el acumulado de casos de la dolencia llegó hoy a 362 mil 843 y las muertes en el contexto de la emergencia sanitaria sumaron 17 mil 804.
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