La medida entrará en efecto a las 20:00 hora local de este viernes y hasta las 23:59 del jueves 20 de mayo en Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumbíos.
De acuerdo con la disposición, que busca frenar la curva de casos de Covid-19, comprende un toque de queda de las 20:00 horta local a las 05:00 del siguiente día de lunes a viernes, y un confinamiento total los fines de semana.
En ese lapso, la Policía Nacional tiene potestad para entrar en los domicilios en caso de denuncias de concentraciones de personas.
Asimismo, los sábados y domingos no abrirán los centros comerciales y supermercados, mientras que las tiendas y restaurantes lo harán si ofrecen el servicio de entregas a domicilio.
El teletrabajo en ese período es de carácter obligatorio y se podrán movilizar en los horarios de restricción personas que viajarán por vía aérea, para sus traslados al aeropuerto, previa presentación del boleto o quienes tienen citas médicas si la justifican.
Quedan exonerados de cumplir esos requisitos trabajadores de los servicios de salud de la red pública integral y privada complementaria, emergencias y agencias de control, agua potable, electricidad, recolección de basura, provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización, de medicinas, insumos médicos y sanitarios.
También están exentos de esos horarios trabajadores de medios de comunicación, funcionarios diplomáticos, consulares y de organismos internacionales acreditados en el país, personas en caso de emergencia debidamente justificada y actividades relacionadas al sector financiero-bancario.
Durante la vigencia del estado de excepción en las 16 provincias, quedan sin efecto los salvoconductos emitidos por los Gobierno Autónomos Descentralizados y se prohíbe la emisión de nuevos documentos.
Mientras, en el transporte público urbano el aforo permitido es del 50 por ciento de la capacidad total.
Las autoridades aseguraron que durante el estado de excepción no habrá interrupciones en el proceso de vacunación e inmunización en curso contra la Covid-19 e igualmente quedará garantizado el desarrollo de los procesos de transición del gobierno, establecidos en la legislación.
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