La medida beneficiará además a reos con padecimientos terminales, tuberculosis multidrogorresistentes o con coinfección Tuberculosis-VIH.
De acuerdo con el dictamen, para recibir el perdón de la sentencia la persona privada de la libertad requiere de una sentencia ejecutoriada y no podrá tener procesos penales pendientes en su contra.
Tampoco podrá estar condenado por delitos imprescriptibles, así como por peculado, tráfico de influencias, asociación ilícita, trata de personas, entre otros.
El decreto precisa que en ningún caso el indulto presidencial extingue la obligación de la reparación integral si los favorecidos lo tienen contemplado en su sentencia e incluso mantiene las de naturaleza pecuniaria.
Tampoco se extinguen las multas u otras penas no privativas de libertad impuestas mediante sentencia ejecutoriada.
La revisión del registro de presos que cumplen los requisitos para acceder al beneficio del perdón estará a cargo del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI).
Luego de la evaluación, el SNAI elaborará y remitirá un informe a la autoridad judicial competente, para ejecutar las excarcelaciones.
El estudio tendrá en cuenta información que propiciará el Ministerio de Salud Pública en cuanto a los reclusos con enfermedades contenidas en el dictamen.
Los indultos serán parte de las determinaciones tomadas por el gobierno en el marco del estado actual de inseguridad que vive el sistema carcelario de este país sudamericano, caracterizado por hechos de violencia y el hacinamiento en sus instalaciones.
Según datos oficiales, la superpoblación en las prisiones ronda el 30 por ciento.
Acerca del fallo, el mandatario de la república sentenció en su cuenta en Twitter: «Como parte del Plan Rescate Ecuador, mediante Decretos Ejecutivos 264 y 265, firmé indultos presidenciales para reducir el hacinamiento en los centros de privación de libertad.
La decisión ha recibido críticas de personas a cuyo juicio para reducir el exceso de reos en los reclusorios se necesitan varios cambios, entre ellos, reformar el Código Orgánico Integral Penal y que los operadores de justicia respeten la excepcionalidad de la prisión preventiva.
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