La decisión de la mesa parlamentaria quedó refrendada en un informe que contó con la aprobación de ocho de los asambleístas miembros y un solo voto en contra.
En el reporte, la mayoría coincidió en que las observaciones del mandatario de la república, Guillermo Lasso, al proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Niñas, Adolescentes y Mujeres en Caso de Violación, se fundamentan en temas de inconstitucionalidad y supuestas violaciones a principios y derechos reconocidos en la Constitución.
Señalaron además que, como establece la Constitución, la Ley Orgánica de la Función Legilativa y la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se suspenderá el plazo de 30 días previsto para el trámite de la objeción parcial, hasta resolver el control constitucional de la normativa objetada.
En cuanto al informe para segundo debate, la Comisión destacó que fue preparado bajo los mayores estándares internacionales de deliberación médica y democrática, basados en la Constitución de la República, la sentencia de la Corte Constitucional y su auto de aclaración.
Finalmente, ratificó todos los artículos aprobados, que a su criterio cumplen las mencionadas regulaciones y en consecuencia, estiman improcedente la objeción presentada por el presidente de la república, con el argumento de un supuesto alejamiento de la Asamblea Nacional de la sentencia emitida por la Corte Constitucional, cuando despenalizó el aborto por violación.
Durante el análisis, la asambleísta Dina Farinango, del Partido Pachakutik, afirmó que el jefe de estado excedió sus facultades como colegislador, al presentar 61 observaciones con fundamentos de inconstitucionalidad sin remitir primero el trámite a la Corte.
Por su parte, Alejandro Jaramillo, representante de Izquierda Democrática y presidente de la Comisión, advirtió que Lasso no ha sido empático con las niñas y mujeres violentadas sexualmente.
Al respecto criticó que el pronunciamiento presidencial tenga origen en sus convicciones religiosas y personales, por lo cual calificó el veto como revictimizante, al pedir la denuncia como requisito.
El veto parcial del dignatario fue emitido el pasado 16 de marzo e incluye 61 observaciones al texto debatido en el Parlamento, entre ellas una referida a los tiempos máximos para la práctica de la interrupción del embarazo.
car/scm