El planteamiento surge en medio del debate público y de los sectores más radicales de la derecha política puertorriqueña que intentan criminalizar a las mujeres y a los médicos que incurran en tal práctica.
Según aclaró el ministro, la opinión emitida por la Corte Suprema de Estados Unidos que revoca la jurisprudencia del caso Roe v. Wade, que desde hace 50 años brindaba protección al aborto, no altera la norma vigente en el Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
La diputada Lisie Burgos, del partido ultraconservador Proyecto Dignidad, decidió retirar un proyecto de ley que presentó el sábado pasado dirigido a castigar con una pena fija de 99 años de cárcel a aquellas mujeres que se realicen o consientan un aborto.
La medida legislativa disponía, además, una pena de prisión de tres a ocho años a las mujeres que procuraran finalizar un embarazo ingiriendo algún fármaco o sustancia, y en caso del feto morir se consideraba homicidio, cuya pena es de 99 años.
La diputada conservadora retiró la medida legislativa, luego de una ola de indignación de activistas sociales y que el presidente de Proyecto Dignidad, César Vázquez, afirmara que su partido no cree en la criminalización de la mujer que se somete a un aborto.
“Creemos en ayudar a las mujeres que han atravesado o están considerando atravesar un proceso de aborto, mientras defendemos con firmeza el derecho de la criatura por nacer”, expresó el político.
El ministro de Justicia de Puerto Rico manifestó que el Artículo 98 del Código Penal de 2012 permite el aborto con indicación terapéutica hecha por un médico autorizado a ejercer la medicina en Puerto Rico, con vista a la conservación de la salud o vida de la madre.
Emanuelli recordó que en el caso Pueblo v. Duarte Mendoza, el Tribunal Supremo de Puerto Rico interpretó que todo aborto prescrito por un médico dirigido a la conservación de la salud física o mental o de la vida de la mujer embarazada está exento de responsabilidad penal.
“La revocación del caso Roe v. Wade, por parte del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, tras concluir que no emana de la Constitución de los Estados Unidos un derecho al aborto, no tuvo el efecto de derogar esta normativa”, explicó.
Aparte, conforme a la opinión del juez estadounidense Samuel Alito y avalada por la mayoría de la máxima corte judicial federal, “ahora corresponde a los estados y territorios (colonias) tomar las acciones que entiendan pertinentes para regular y legislar este tema”.
“Confiamos que en ese ejercicio responsable se examinen todas las circunstancias que rodean a una mujer que opta o se ve en la obligación de terminar un embarazo, así como el criterio de los profesionales de la salud expertos en el tema”, manifestó Emanuelli.
Sostuvo que el Ministerio de Justicia de Puerto Rico acatará las disposiciones legales y jurisprudencias, estatales y federales, vigentes y que sean aprobadas en un futuro, pero “siempre mediante la aplicación justa y sensible hacia el ser humano”.
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