El presidente de la Utier, Ángel Figueroa Jaramillo, aclaró que las gestiones de los presidentes del Senado, José Luis Dalmau Santiago, y la Cámara de Representantes, Rafael Hernández Montañez, se dan en el vacío, al anunciar que acudieron a la Corte Federal de Título III a impugnar el contrato de LUMA con la estatal Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).
“Un examen del documento sometido por los líderes legislativos del país demuestra que esa caracterización es falsa, pues no radicaron la anunciada demanda, sino una mera objeción”, dijo el veterano dirigente gremial al acusarlos de nuevamente, con sus acciones, le vuelven a mentir al pueblo puertorriqueño.
Figueroa Jaramillo explicó que en la acción no se pide, ni se puede anular la extensión del contrato suplementario con LUMA, a la vez que recordó que cuando se aprobó, el 30 de noviembre de 2022, los presidentes legislativos fueron muy vocales sobre su intención de impugnar la validez de esa extensión.
“Cuando se anunció la extensión los legisladores dijeron que la impugnarían por varios fundamentos anclados en las leyes que habilitan este tipo de alianza público-privada, particularmente en la falta de voto afirmativo de los representantes del interés público. No obstante, esto no es lo que han hecho”, añadió Figueroa Jaramillo.
La licenciada Jessica E. Méndez Colberg, vicepresidenta del Bufete Emmanuelli CSP, aclaró que “distinto a una demanda, que es lo que esperábamos de la Legislatura, la objeción a la Declaración de Divulgación no inicia un proceso adversativo de impugnación del contrato”.
“A través de esta radicación, no se puede afectar ni invalidar el contrato de LUMA, por varias razones, entre ellas que el propósito limitado de la objeción no le permite a la Corte asumir jurisdicción ni competencia para atender los planteamientos sobre la invalidez del contrato”, dijo la abogada.
Méndez Colberg detalló que el proceso, que actualmente se ventila ante la Corte de Título III, bancarrota, es la discusión sobre la Declaración de Divulgación, documento extenso que tiene el propósito de proveer a los acreedores y las partes interesadas en la quiebra de la AEE toda la información necesaria para votar respecto al Plan de Ajuste de Deuda.
“Es como avisar a los acreedores y partes interesadas en la quiebra de la AEE de toda la información que motiva y sustenta el Plan de Ajuste de Deuda que presentó la Junta de Control Fiscal. Sin esa información, difícilmente puede tomarse una decisión informada en el caso”, concluyó Méndez Colberg.
De igual forma el licenciado Rolando Emmanuelli Jiménez explicó que “ahora mismo, ese documento está bajo análisis y el 3 de febrero vence el término para que las partes presenten objeciones”.
Estas objeciones tienen el propósito de exponerle a la Corte que la Declaración de Divulgación no es adecuada, por lo que se pide anularla.
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