Para el abogado penalista Pablo Encalada esta medida no tendrá mayores efectos. El jurista manifestó a través de su red social X que la Corte Constitucional dijo en sentencia que los umbrales de posesión de drogas son referenciales y es a la Fiscalía (policía) a quien le corresponde probar la tenencia para tráfico. Pero no deja de ser absurdo, exclamó.
Mientras tanto, la jurista Paulina Araujo en un reporte del portal digital Primicias señaló que, en la práctica, el decreto de Noboa es inaplicable porque va contra una sentencia de la Corte Constitucional y el artículo 364 de la Constitución que define a las adicciones como un «problema de salud pública».
No entiendo cómo van a aplicar un mero decreto, cuando el Código Orgánico Integral Penal (COIP) no ha sido cambiado, tampoco la Constitución. O sea, jurídicamente es inaplicable. Es un acto político de decir, estoy cumpliendo mi plan de campaña y en la praxis las unidades de flagrancia no saben qué hacer. Me parece muy irresponsable lo hecho, agregó.
De igual manera, el presidente de la Casa de la Cultura Ecuatoriana, Fernando Cerón, catalogó la decisión del mandatario como un error inaceptable, que va contra todo precepto técnico sobre el combate al narcotráfico y la política pública de prevención de drogas.
Este viernes, Noboa ordenó al Ministerio del Interior la derogación de la Resolución 001 CONSEP-CD-2013 y sus reformas, donde se indica cuáles son las cantidades de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para sancionar el tráfico de sustancias.
En el documento, el gobernante también encargó al Ministerio de Salud Pública, el desarrollo de programas coordinados de información, prevención y control del consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales habituales y problemáticos.
Este mecanismo fue implementado en 2013 durante el gobierno del exmandatario Rafael Correa, y el objetivo del mismo apuntaba, sobre todo, a diferenciar a los consumidores de los traficantes de drogas.
La tabla de consumo de droga establece cantidades máximas que puede portar una persona sin que esto signifique que pueda ser encarcelada.
Según la resolución que dio paso a esta herramienta, estas cantidades fueron aprobadas luego de acoger el análisis técnico de toxicidad, estudios psicológicos, biológicos y otros necesarios sobre la tenencia de sustancias estupefacientes elaborado por el Ministerio de Salud.
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