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Ni solidaridad ni libertad para Cuba promueve la Ley Helms-Burton

La Habana, 11 mar (Prensa Latina) Aunque su nombre es Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas, ni lo uno ni lo otro promueve la normativa de Estados Unidos conocida como Helms-Burton, que este 12 de marzo cumple 25 años.

Las medidas aplicadas contra compañías foráneas y personas por el solo hecho de comerciar con la nación caribeña, las demandas establecidas al amparo de esa legislación y las presiones para evitar la inversión extranjera en la isla, confirman su naturaleza agresiva y extraterritorial.

Firmada en 1996 por el presidente norteamericano William Clinton (1993-2001), la Ley Helms-Burton es desde su surgimiento un mecanismo brutal e ilegal que intenta asfixiar la economía cubana, y en el proceso daña a terceros países, como ha denunciado la Cancillería antillana.

La propuesta de los congresistas Jesse Helms y Dan Burton se convierte así en contraria al derecho internacional, pues sus cuatro títulos apuntan a una internacionalización del bloqueo económico que por casi seis décadas mantiene Estados Unidos sobre Cuba.

Próximo a cumplir sus dos años de aplicación (2 de mayo de 2019), el Título III de esta normativa es quizá el más vivo ejemplo de ese propósito, al permitir el establecimiento de demandas en cortes estadounidenses contra quienes realicen transacciones con propiedades norteamericanas nacionalizadas en la isla.

Fruto de su puesta en vigor, en mayo pasado los tribunales norteños habían recibido 25 reclamaciones, donde las empresas locales eran las más afectadas, con el 45,4 por ciento de las querellas; mientras un 11,3 por ciento correspondía a compañías de la Unión Europea, según el Consejo Económico y Comercial de Estados Unidos-Cuba.

Esos datos, y el hecho de que el número de pleitos interpuestos fuera muy inferior al previsto, llevaron a personas como John Bellinger, asesor legal del Departamento de Estado durante el mandato de George W. Bush (2001-2009), a considerar la activación del Título III como un fracaso.

Pero su alcance limitado, visto desde el prisma de los propósitos del Gobierno estadounidense, no minimiza los daños ocasionados a la nación caribeña.

En su informe a la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el impacto del bloqueo entre marzo de 2019 y abril de 2020, Cuba señala que más allá de lo cuantitativo, el efecto disuasivo e intimidatorio de la política de Washington sobre empresarios y entidades tuvo saldos negativos.

Operaciones comerciales, acciones de cooperación y proyectos de inversión extranjera que estaban en diferentes niveles de desarrollo fueron cancelados; y también repercutió en las instituciones bancario-financieras, las cuales rehúsan trabajar con entidades cubanas por temor a ser sancionadas.

Todo ello se acentuó a partir de la activación del Título III de la Ley Helms-Burton, sostiene el documento, donde se precisan otras manifestaciones como la suspensión del servicio postal directo entre Estados Unidos y Cuba, que ejecutaba la compañía American Airlines.

También la prohibición de entrada en territorio norteamericano a los más importantes dirigentes de la cadena española Meliá Hotels International S.A., que al estar bajo demanda en virtud del Título III, a las personas vinculadas podía aplicárseles la exclusión prevista en el Título IV.

Más de cinco mil 500 millones de dólares perdió Cuba entre marzo de 2019 y abril de 2020 debido al bloqueo, en buena medida por la aplicación de la mencionada legislación.

En contraposición, millones de dólares salieron de los bolsillos de los contribuyentes estadounidenses para financiar programas de subversión contra el país caribeño, amparados en la Sección 109 de esa Ley.

En un cuarto de siglo la Ley Helms-Burton ha recibido el rechazo de la comunidad internacional, expresado en declaraciones del Movimiento de Países No Alineados, la Comunidad de Estados del Caribe, y varias naciones de la Unión Europea, entre otros.

El mundo reconoce en ella una normativa que viola los derechos humanos del pueblo de la isla, así como numerosos estatutos del derecho internacional sobre las relaciones políticas y económicas; pero nada de libertad o solidaridad.

mem/ool/kmg

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