La decisión, basada en la Ley Orgánica de Salud, quedó incluida en un documento de 22 páginas con los lineamientos para la implementación del proceso, vigente en esta nación andina desde enero último.
En el documento, el MSP precisa que desde la notificación del primer caso de la enfermedad en el país, el 29 de febrero de 2020 y hasta el pasado 20 de diciembre hay registros de 537 mil 220 casos confirmados y 33 mil 614 muertes.
Al respecto, advierte que el proceso de vacunación tiene los objetivos de reducir la morbilidad y mortalidad por Covid-19, mantener el funcionamiento de los servicios de salud, reducir la transmisión y mitigar el impacto social por la pandemia.
En ese sentido, especificó que hasta la víspera, en todo el territorio nacional se inocularon 26 millones 849 mil 164 dosis de los biológicos Sinovac, Pfizer, AstraZeneca y CanSino.
Con esos datos y basados en el estado epidemiológico actual, el riesgo de las nuevas variantes de SARS-CoV-2, virus causante de la Covid-19, la disponibilidad y acceso, se estableció la obligatoriedad de la vacunación.
Quedan exentos de cumplir esa normativa las personas que presenten alguna condición médica o contraindicación debidamente certificada.
El MSP también ratificó que las autoridades competentes vigilarán el cumplimiento de la Resolución del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional del 21 de diciembre de 2021, en la cual dispuso la presentación del carné de vacunación con el esquema completo en lugares como centros comerciales, cines, teatros y dependencias públicas.
Finalmente, especificó que realizará las actualizaciones necesarias a los lineamientos recién emitidos, en coordinación con las instancias pertinentes y de acuerdo a la normativa legal vigente.
En las últimas semanas el gobierno nacional confirmó la presencia de la variante Ómicron, de preocupación por su elevado nivel de propagación, que ya cuenta con 22 casos confirmados por las autoridades sanitarias.
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