Los cambios quedaron contenidos en el Decreto Ejecutivo 179, mediante el cual quedó dispuesto proporcionar, de ser necesario, protección por un período de un año para el gobernante y por seis meses en el caso del vicepresidente.
‘Esos plazos se podrán acortar o extender sobre la base del informe de riesgos que obligatoriamente se elaborará para el efecto’, indica la resolución.
Los ministerios de Defensa y Gobierno (Interior) estarán a cargo de la ejecución del nuevo sistema, que modifica estatutos anteriores establecidos por el expresidente Lenín Moreno, antecesor de Lasso.
El nuevo decreto reforma las regulaciones establecidas en 2010 y 2013, cuando se creó el Servicio de Protección Presidencial y normaron los lapsos para garantizar la seguridad de las más altas autoridades de la nación.
En ese mismo contexto, en junio último entraron en vigor medidas que suspendieron las labores proporcionadas por la Casa Militar a los familiares del presidente y vicepresidente, respectivamente, así como a cónyuges de los exmandatarios, salvo en situaciones de riesgo debidamente motivado.
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