Con 78 votos, los diputados aprobaron las reformas a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, a fin de proteger a víctimas, sobrevivientes y sus familias de una suerte de ‘muerte civil’.
El plenario avaló así la propuesta de la Comisión de la Mujer de la Asamblea de incrementar las penas de prosión para quienes compartan material privado que dañe la integridad de la víctima, principalmente féminas.
Según un reciente reporte de la Dirección de Análisis, Técnicas de Investigación e Información de la Fiscalía General de la República, 282 mujeres fueron víctimas de esta práctida del 2019 a la fecha.
La Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres establece penas de cuatro a ocho años de cárcel para quien difunda material que use la imagen o identidad de una mujer sin su consentimiento.
La sentencia sube a ocho años de prisión cuando las víctimas son niñas, niños y adolescentes o personas con discapacidad, según el artículo 28 de la Ley Especial conta los Delitos Informáticos y conexos.
Las diputadas de la Comisión de la Mujer y la Igualdad de Género de la Asamblea avalaron aumentar a 10 años la pena máxima por este delito.
Las autoridades incentivan a las víctimas a denunciar a sus agresores, pues existen las herramientas jurídicas para condenarlos.
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