Las regulaciones aprobadas proporcionan asesoramiento específico, en consonancia con las normas internacionales del trabajo, sobre la prevención y el control de las lesiones, enfermedades y muertes relacionadas con el empleo y la exposición a riesgos biológicos en el entorno laboral.
Incluyen cuestiones relacionadas con las responsabilidades y los derechos de las autoridades competentes, los empleadores, los servicios de salud para el trabajador, la gestión de los riesgos, la vigilancia, protección y la preparación y respuesta a las emergencias.
Los involucrados debatieron sobre las implicaciones de la exposición a peligros biológicos en el empleo, y la mejor manera de formular políticas y medidas nacionales para prevenir y mitigar los problemas de salud relacionados.
Para ello se definió como peligro biológico cualquier microorganismo, célula u otro material orgánico de origen vegetal, animal o humano, incluido alguno modificado genéticamente, y que pueda causar daños a la salud humana.
Según los expertos esto puede incluir, pero no se limita a, bacterias, virus, parásitos, hongos, priones (proteína rota o mal formada responsable de enfermedades neurodegenerativas), materiales de ADN, fluidos corporales y otros microorganismos y sus alérgenos, y toxinas asociadas.
Para la OIT los peligros biológicos, infecciosos o no, pueden constituir una importante amenaza para la salud en numerosos sectores y lugares laborales de todo el mundo.
Se estima, por ejemplo que las enfermedades transmisibles por sí solas han causado 310 mil muertes relacionadas con el trabajo a nivel global en 2021, 120 mil de las cuales se debieron a la Covid-19.
En 2024 y 2025 debe discutirse una nueva norma que cubra los riesgos biológicos, como parte de la revisión del marco regulatorio de seguridad y salud en el trabajo.
car/crc