Se trata de un siete por ciento para la circunscripción económica uno (Guatemala) y un cuatro por ciento para la dos, el resto del país, precisó Rodríguez.
La fijación periódica como parte del derecho de los guatemaltecos se hizo a partir de los datos analizados por las comisiones paritarias y la nacional a partir de la recomendación 135 de la Organización Internacional del Trabajo en función de eliminar la pobreza y asegurar la satisfacción de las necesidades de la población, explicó el titular.
En el caso del departamento de Guatemala (circunscripción uno), el monto final del salario mensual quedaría en tres mil 323,60 quetzales (431,64 dólares) para las actividades agrícolas; tres mil 416, 38 quetzales (443,68 dólares) para las no agrícolas y tres mil 143, 54 (408,25) para la exportación y maquila.
Todos los casos incluyen la bonificación anual de 250 quetzales (32.47 dólares).
Para el resto de los departamentos (circunscripción dos), el sector agrícola percibiría tres mil 237,53 para el sector agrícola (420,46 dólares); tres mil 327,56 para el no agrícola (432,15 dólares) y tres mil 62,63 para la exportación y maquila (397,74 dólares) con la sumatoria del incentivo.
Según Rodríguez, ningún salario fue disminuido con esta nueva forma, pero se busca que los aumentos respondan a las condiciones de cada modelo para que sean razonables y se cumplan.
El ministro recordó que, durante este año, las comisiones paritarias de salarios mínimos se reunieron por circunscripción y actividad económica como quedó establecido en el Acuerdo Gubernativo 285-2021.
En las sesiones, dijo, se enfatizó la importancia de definir parámetros y factores relativos para tomar decisiones basadas en criterios técnicos y que sean un instrumento objetivo para el desarrollo económico y social.
Como ministerio, aseguró, nos preocupamos de que estos análisis fueran integrales y eficaces a partir de la discusión de indicadores del mercado laboral como crecimiento económico, comportamiento general de los precios de los bienes y servicios, costo de la canasta básica y canasta ampliada e información sobre remesas familiares.
Asimismo, población ocupada por actividad económica, afiliados al Seguro Social y registros del informe del empleador, entre otros.
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