La sesión se suspendió la víspera tras la lectura del voto del ministro Antonio Días Toffoli, contrario a la tesis jurídica que establece la fecha de promulgación de la Constitución federal (5 de octubre de 1988) como referencia para la definición de las nuevas áreas de ocupación de los pueblos originarios.
El marcador en la corte superior está cerca de formar mayoría, con cinco ministros abiertamente contrarios al hito transitorio y dos a favor.
Declararon voto en contra el ministro-relator Edson Fachin, seguido por Luís Roberto Barroso, Alexandre de Moraes, Cristiano Zanin y Días Toffoli.
A favor se posicionaron los jueces Kassio Nunes Marques y André Mendonça.
Todavía faltan para emitir su parecer cuatro ministros: Luiz Fux, Carmen Lucía, Gilmar Mendes y la presidenta del Supremo, Rosa Weber.
El marco temporal es una tesis defendida por el sector rural, el cual alega que la demarcación de una tierra indígena solo puede ocurrir si se comprueba que los nativos estaban en el espacio requerido el 5 de octubre de 1988.
Los ruralistas argumentan seguridad jurídica y la excepción sería en un conflicto efectivo sobre la posesión de la tierra en discusión, con circunstancias de hecho o «controversia posesiva judicializada», en el pasado y que persistiera hasta el 5 de octubre de 1988.
El proceso que motivó la discusión trata de la disputa por la posesión de la Tierra Indígena Ibirama, en el sureño estado de Santa Catarina.
Tal área está habitada por los pueblos Xokleng, Kaingang y Guarani, y la tenencia de parte del dominio es cuestionada por la fiscalía de la división territorial.
Especialistas critican la tesis, teniendo en cuenta que validaría y legalizaría invasiones y violencias cometidas contra indígenas para la toma de posesión de tierras antes de esa fecha.
Según líderes aborígenes, el marco excluye la realidad histórica y cultural de los nativos y viola tratados internacionales firmados por Brasil, como la Declaración de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas y la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Remarcan que el derecho a la tierra, así como sus derechos, es innegociable, y su historia no comienza en 1988.
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