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Supremo de Brasil define reglas sobre deslindar tierras indígenas

Brasilia, 27 sep (Prensa Latina) El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil debe definir hoy la tesis final del juicio que derribó el polémico llamado marco temporal para la demarcación de tierras indígenas.

El objetivo ahora es establecer una consideración que servirá de guía para disputas sobre jurisdicción de patrimonios nativos que corren en la Justicia. La corte superior quiere garantizar la seguridad jurídica de las demarcaciones.

Después de la decisión histórica del 21 de septiembre, cuando por nueve a dos, el Supremo rechazó la aplicación del hito transitorio en la circunscripción de posesiones aborígenes, la fijación del parámetro ocurrirá a partir de la propuesta a ser presentada por el ministro Edson Fachin, ponente del caso.

Figura entre los puntos a discutir la posibilidad de indemnización a personas que adquirieron tierras de buena fe.

La corte también decidirá si este pago sería condicionado a la salida de los agricultores de los terruños indígenas.

En ese caso, la indemnización por beneficencia y por la tierra valdría para propietarios que recibieron de los gobiernos federal y estadual títulos de terrenos que deberían ser considerados como espacios nativos.

También se puede debatir la sugerencia del ministro Antonio Días Toffoli para autorizar la explotación económica de los patrimonios por los originarios.

Por la propuesta, mediante la aprobación del Congreso y de los indígenas, la producción de cultivos y de recursos minerales, como el potasio, podrían ser comercializados por las comunidades.

Igualmente en la jornada, la Comisión de Constitución y Justicia (CCJ) del Senado pautó la votación sobre el marco temporal.

La Agencia Senado indica que el referendo del proyecto en esa junta legislativa, después de la determinación del STF, crea un callejón sin salida.

Precisa que senadores contrarios al texto argumentan que, incluso si se aprueba, la iniciativa sería inconstitucional.

Según el parecer del Supremo, suscrito el 21 de septiembre, la fecha de la promulgación de la Constitución Federal (5 de octubre de 1988) no puede ser utilizada para definir la ocupación tradicional de la tierra por estas comunidades nativas.

Tal proyecto ya fue aprobado en la Comisión de Agricultura y Reforma Agraria en agosto y ahora espera votación en la CCJ, en la cual el ponente es el senador Marcos Rogério.

El contenido fue aprobado por la Cámara de Diputados a finales de mayo, después de tramitar por más de 15 años.

De acuerdo con el texto, para que un área sea considerada «tierra indígena tradicionalmente ocupada» será necesario comprobar que, en la fecha de promulgación de la Constitución Federal, venía siendo habitada por la comunidad originaria en carácter permanente y utilizada para actividades productivas.

oda/ocs

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