Aprobada por unanimidad, la nueva medida vale para el presidente, los gobernadores y alcaldes.
Tal disposición comenzó a ser discutida el pasado martes cuando el TSE absolvió al expresidente Jair Bolsonaro de la acusación de abuso de poder político durante la campaña a la reelección en 2022.
El exmilitar realizó transmisiones en vivo de cuño electoral desde dentro del Palacio de la Alvorada, residencia oficial de los mandatarios en esta capital.
La corte superior entendió, en el caso específico, que no hubo gravedad suficiente para configurar abuso de poder, pues el alcance de esas difusiones de Bolsonaro fue restringido por una medida cautelar (decisión urgente y provisional) aun durante la campaña.
Sin embargo, los ministros volvieron este jueves al caso ya con un consenso formado.
El objetivo es establecer reglas a tiempo de disciplinar este tipo de conducta para las elecciones municipales del año que viene y evitar el problema antes de ocurrir.
Todos los ministros refrendaron el texto traído por el relator, el corregidor general electoral Benedito Gonçalves.
Por las reglas aprobadas, cualquier alcalde o gobernador, así como el presidente, solo puede utilizar la residencia oficial para la transmisión «en vivo electoral» si se trata de un ambiente neutro, desprovisto de símbolos, insignias, objetos, decoración u otros elementos asociados al Poder Público o al cargo ocupado.
De igual manera, la participación estará restringida a la persona que ocupe el cargo.
Asimismo, el contenido divulgado se refiera exclusivamente a su candidatura y no se emplearán recursos materiales ni servicios públicos, ni se aprovecharán de los servicios y servidores de la administración pública directa e indirectamente.
Por otra parte, existe el debido registro en la rendición de cuentas de todos los gastos efectuados de las donaciones estimables relativas al «en vivo electoral», inclusive a recursos y servicios de accesibilidad.
Tal entendimiento deberá guiar los juicios de la Justicia Electoral en todo el territorio nacional.
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