Se esperaba que la PEC fuera votada este martes, pero en cambio los senadores aprobaron un requerimiento de calendario especial para el texto.
A causa de esta agenda exclusiva, la propuesta va a tramitarse de forma acelerada, sin intervalos entre los turnos de votación y será el primer punto de la sesión de este miércoles.
De autoría del senador Oriovisto Guimarães, la PEC 8/2021 tuvo dictamen favorable del relator de la materia, legislador Esperidião Amin.
El texto rescató el contenido de la PEC 82/2019, también de autoría de Guimarães, que fue rechazada por el plenario en septiembre de 2019.
De acuerdo con la propuesta, queda prohibida la concesión de decisiones monocráticas que suspendan la eficacia de leyes o actos normativos con efecto general o que anulen actos de los presidentes de la República, del Senado, de la Cámara de los Diputados o del Congreso Nacional.
Además, la PEC modifica las reglas de las solicitudes de vista en el Supremo Tribunal Federal (STF).
Instituye un plazo de seis meses, prorrogable por cuatro más, para la concesión de solicitudes de vista, haciendo el tiempo de análisis colectivo.
En otras palabras, si un ministro solicita tiempo adicional para examinar un proceso en juicio, todos los demás tendrán derecho a la misma prerrogativa.
A finales del año pasado, hubo una modificación en esa regla, reduciendo el plazo máximo de solicitudes para tres meses, después de lo cual el proceso retorna automáticamente al plenario del STF.
Presentada en 2021 por un grupo de senadores, la proposición integra una iniciativa del Congreso Nacional en respuesta a las tensiones entre los poderes Legislativo y Judicial.
Después de pasar por cuatro sesiones de discusión, la PEC estará apta para votación después de la última sesión, pospuesta para este miércoles.
La propuesta forma parte de un conjunto, cuya tramitación se puso de relieve en las últimas semanas debido a un conflicto de competencias entre el Legislativo y el Judicial.
Muchos parlamentarios argumentan que los ministros invalidaron las leyes aprobadas por el Congreso.
El caso más emblemático es el del marco temporal de las tierras indígenas, en el cual Congreso y Supremo siguieron direcciones opuestas.
Mientras que el Legislativo respaldó la tesis de que solo pueden ser demarcadas reservas en tierras ya ocupadas en la fecha de promulgación de la Constitución de 1988, el STF la rechazó.
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