Según la sentencia, la medida parlamentaria viola ‘la forma de gobierno republicana, democrática y representativa y el sistema político pluralista’, y busca suprimir el control judicial sobre el Ejecutivo y el Legislativo.
‘La falta de beneplácito del Órgano Ejecutivo no es razón para destituir a jueces constitucionales’, recalca el texto, que alerta sobre ‘la naturaleza especialmente grave’ de lo acontecido en la plenaria inaugural de la legislatura 2021-2024.
Con 64 votos a favor y 19 en contra, la legislatura instalada este sábado se amparó en el artículo 186 de la Constitución para destituir a los jueces de la Sala, por supuestamente poner en peligro la vida de la población.
Los magistrados destituidos son José Armando Pineda, Aldo Cáder, Carlos Avilés, Ernesto Sánchez y Marina de Jesús Marenco, en una movida cuestionada desde la oposición parlamentaria y voces de la sociedad civil.
De acuerdo al artículo 186 de la Constitución, la Asamblea puede destituir a los magistrados por causas específicas, previamente establecidas por la ley, con al voto de menos dos tercios de los diputados electos.
El oficialista partido Nuevas Ideas cuenta con 56 de las 84 diputaciones, y con el apoyo de la Gran Alianza para la Unidad Nacional (GANA), tiene los votos suficientes para realizar movidas como esta sin negociarlas con la oposición.
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