Aprobadas en segundo y definitivo debate por los diputados a la Asamblea Legislativa el 17 de marzo pasado, las iniciativas reforman 15 artículos de la mencionada norma y el Código Procesal Penal para permitir ordenar la prisión preventiva en las relaciones de noviazgo o casuales, aún cuando medie divorcio, separación o ruptura.
Los cambios decididos por los legisladores persiguen garantizar los derechos de las mujeres y sancionar las formas de violencia física, psicológica, sexual y patrimonial contra ellas, con el fin de ampliar su ámbito de aplicación y proteger, de esta manera, a un mayor número de víctimas de violencia.
Asimismo, ahora quienes asesinen a una mujer en las circunstancias expuestas recibirán una pena de 20 a 35 años de prisión.
Las ministras de la Condición de la Mujer Marcela Guerrero y de Justicia y Paz Fiorella Salazar también rubricaron las reformas a la referida Ley, que anteriormente solo contemplaba el delito de feminicidio cuando quien daba muerte era el esposo o el hombre que convivía con ella en unión de hecho.
Eso, precisa, dejaba fuera las muertes asociadas a las relaciones de género fuera de la relación de pareja o, incluso, las de pareja que ya habían terminado.
Durante el acto de firma, el mandatario tico manifestó su confianza en que la nueva normativa contribuya a fortalecer el acervo legal de protección de toda forma de violencia contra las mujeres.
De su lado, Guerrero calificó la medida de un gran avance, pero señaló que aún falta más, por lo que adelantó estar impulsando en la Asamblea Legislativa una nueva reforma que incluya, dentro de los feminicidios, los escenarios que aún se quedan por fuera y no están tipificados.
Entre estos mencionó el ataque y el acoso sexual, la trata de personas, la migración, el crimen organizado y las redes delictivas nacionales e internacionales.
La nueva norma entrará en vigor una vez sea publicada en el diario oficial La Gaceta.
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