Un reporte publicado este jueves en el periódico Granma, añade que de esta suerte se aprueban las normas bancarias sobre límites para los cobros y pagos en efectivo en moneda nacional, lo que busca de manera evidente propiciar el empleo de mecanismos electrónicos para dichas gestiones.
La nota especifica que dado el deterioro de la red de cajeros automáticos en el país, una de las acciones establece que estos equipos solo dispensarán a las tarjetas de personas naturales asociadas a salarios, cuentas de ahorro, pensiones y otros haberes personales.
El Banco Central de Cuba (BCC) dispuso un conjunto de nuevas medidas para favorecer los procesos de bancarización, que tienen como principio mantener la igualdad para todos los actores de la economía nacional y, como principal meta, el reordenamiento de los flujos bancarios.
Por tal motivo, estas normas establecen límites para los cobros y pagos en efectivo en moneda nacional, su depósito, extracción y tenencia.
Según los cambios, el incremento del uso del dinero en efectivo en las transacciones económicas y financieras provocó retroceso de los niveles de bancarización e inclusión financiera en el país.
A ello, insiste el mensaje, se adicionan los elevados costos asociados a emisión, transportación, procesamiento y almacenaje, así como la demanda creciente en el número de cajeros automáticos para la extracción del efectivo.
De ahí que estipulen las autoridades incrementar la bancarización de las operaciones financieras, a través de los canales electrónicos de pago, adoptar las acciones que aseguren su implementación y se viabilicen los procesos de cobros y pagos, dinamizando las finanzas de todos los actores económicos y su relación con la población.
Destaca la nota que son sujetos de la Resolución las empresas estatales, organizaciones superiores de dirección empresarial, unidades presupuestadas, cooperativas no agropecuarias, cooperativas agropecuarias, productores agropecuarios, agricultores individuales, pescadores comerciales, micro, pequeñas y medianas empresas, y proyectos de desarrollo local.
También incluyen en dicha afectación a los trabajadores por cuenta propia, artistas y creadores, junto a las modalidades de la inversión extranjera y las formas creadas al amparo de la Ley de Asociaciones.
Asimismo, son aplicables a personas naturales o jurídicas no comprendidas en lo anterior, si estas realizan actividades comerciales y de servicios legalmente autorizadas.
El vicepresidente del BCC, Alberto Quiñones, recordó que este proceso se sustenta en la digitalización de las operaciones que lleva a cabo el sistema bancario dentro de su transcurso de modernización tecnológica y está determinado, además, por las experiencias en el trabajo del uso de los canales electrónicos.
Por ello, agregó, estas disposiciones acelerarán el proceso de bancarización de las operaciones, entre estas, todas las relaciones de cobro y pago de los actores económicos que se sustentan en los métodos del banco y deben ser sobre la base de transacciones electrónicas.
El director general de Operaciones y Sistemas de Pagos del BCC, Julio Pérez, señaló que en este país se emitieron más de 15 millones de tarjetas y por medios electrónicos transitaron el año pasado 200 millones de operaciones bancarias, lo que demuestra la fidelidad de este mecanismo.
Precisó que se establece un límite máximo de cinco mil pesos cubanos (un dólar equivale a 120 pesos cubanos, según tasas del BCC) por operación para los cobros y pagos en efectivo, que se deriven de una relación contractual entre los que están sujetos a esta Resolución, así como para el incremento de caja chica destinada a pagos menores.
Añadió que el efectivo extraído en las sucursales para el pago de salarios, subsidios y otras prestaciones estará garantizado bajo el principio de relación entre la entidad y el banco.
Las operaciones de cobros y pagos que superen la cifra de cinco mil pesos cubanos, se realizan ahora mediante los instrumentos de pagos y títulos de crédito distintos del efectivo, y se prioriza su ejecución por los canales electrónicos.
mgt/rfc