Asimismo, para el resto del país, se confirma la vigencia de las medidas de restricción y las otras dispuestas en decretos anteriores.
La norma jurídica reguladora de la la decisión, precisó que los territorios sin toque de queda tomarán un grupo de medidas entre las cuales aparecen el uso obligatorio de mascarillas en lugares públicos y lugares privados de uso público, así como las demás medidas y protocolos sanitarios vigentes.
Además, queda prohibido la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y lugares privados de uso público todos los días desde las 00:00, hora local hasta las 05:00 y exigirán permisos especiales para la celebración de actividades que impliquen aglomeración.
Por otra parte, los establecimientos públicos y privados, sin importar el tipo de actividad que auspicien, podrán recibir personas solamente hasta el 75 por ciento de la capacidad total de sus instalaciones.
Finalmente, el decreto estable que los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, podrán ser utilizados por las personas en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
mem/ema