El levantamiento de la prohibición de los desplazamientos de personas, dentro y fuera del país, es una de las disposiciones contenidas en el decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros en una maratónica sesión concluida esta madrugada.
Según la norma, a partir del 3 de junio los viajes intrarregionales sólo podrán ser limitados por medidas estatales específicas relacionadas con lugares específicos “de acuerdo con los principios de adecuación y proporcionalidad al riesgo epidemiológico realmente presente en esas áreas”.
El texto precisa que las mismas reglas se aplicarán a los viajes hacia y desde el extranjero, respecto a los cuales se tendrá también en cuenta el cumplimiento de las restricciones derivadas de las regulaciones de la Unión Europea y obligaciones internacionales.
Asimismo, el decreto flexibiliza, desde pasado mañana, las restricciones a la movilidad de las personas en los límites de sus respectivas regiones de residencia y autoriza el reinicio de actividades económicas y productivas, según las pautas de seguridad fijadas por las regiones a partir de lineamientos nacionales.
En ese sentido, el estatuto confirma el aislamiento domiciliario para las personas en cuarentena por ser casos positivos de Covid-19 y la prohibición de “aglomeraciones en lugares públicos o abiertos al público”.
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