En una nota de prensa la SCJN señaló que se trata de legisladores de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, quienes alegan que dicha norma atenta contra derechos humanos limitando el acceso de las personas a un medio ambiente sano.
Argumentan también que la normativa contraviene los principios de legalidad, seguridad jurídica y de no retroactividad, al revertir varias de las condiciones contractuales establecidas con las empresas privadas dedicadas a la generación de las llamadas energías limpias, como la solar o la eólica.
Tales argumentos fueron rechazados en su momento por el gobierno al develar entonces los intereses económicos y políticos que estaban detrás de las acciones contra la legislación, encabezados por la empresa española Iberdrola.
Al admitir a trámite la acción de los senadores de oposición, la SCJN no concedió la suspensión de la ley sobre la cual, sin embargo, hay ya un aplazamiento definitivo otorgado en juicios de amparo por el magistrado Juan Pablo Gómez Fierro, cuya legalidad también ser estudiada por los ministros.
Al juez se le demostró haber estado al servicio de las grandes empresas del sector desde épocas pasadas, de allí la investigación en curso acerca de su moralidad y la legalidad de su actuación en este caso.
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