La legislación, que llevaba 16 años en el parlamento, quedó finalmente despachada y se convertirá en ley tras su publicación en el Diario Oficial.
La iniciativa establece que en la inscripción del primer hijo, los progenitores decidirán el orden de los apellidos, lo que deberá mantenerse para el resto de la descendencia.
En caso de que no haya acuerdo en la pareja, regirá lo normado hasta el presente que ubica como primer apellido al del padre.
Asimismo se establece que toda persona mayor de edad podrá, por una sola vez, solicitar el cambio de orden de sus apellidos determinados en su inscripción de nacimiento, y al ocurrir esto, también cambiará el apellido de sus hijos menores de edad.
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