Cepeda en tal sentido aludió a un artículo del diario El Espectador, elaborado por Bryan Triana Ancinez y Milton Alberto Valencia, investigadores del Observatorio de Restitución y Regulación de Derechos Propiedad Agraria, donde explican el incumplimiento de este compromiso adoptado en el Acuerdo de Paz.
Los analistas señalan en su trabajo que la jurisdicción agraria es una especialidad dentro de la administración de justicia que trata temas relacionados con la protección a la tenencia de la tierra, solución de los conflictos sobre su uso y tenencia y promoción de la regularización de los derechos de propiedad.
En contraste, la justicia ordinaria civil, permeada por el ritualismo a las formas, requiere la contratación de un abogado, el pago de peritos (topógrafos, ingenieros agrícolas, entre otros) para recaudar pruebas y trámites en entidades administrativas, explican en el texto.
Todos estos trámites demandan recursos económicos, contactos en diferentes entidades para agilizar los procesos y un conocimiento básico de las normas que regulan los derechos de propiedad, tres elementos con los que muchos campesinos no cuentan, aseguran.
Sobre esa base, subrayan que el despojo de tierras es una práctica en Colombia que combina el uso de la violencia con mecanismos legales que, en ocasiones, cuentan con la participación activa de funcionarios públicos.
Recalcan que la jurisdicción civil ordinaria ha sido incapaz de afrontar este fenómeno y los remedios contenidos en el Código Civil se convierten en una promesa irrealizable para muchos colombianos.
Refieren que en la pasada legislaturas dos proyectos de ley para crear la jurisdicción agraria sucumbieron en el Congreso con mayoría favorable al gobierno.
‘Por lo pronto este evento se suma a la larga lista de incumplimientos del Acuerdo de Paz por parte del Estado, en especial sobre los puntos uno y cinco’, enfatizan los investigadores. La Reforma Rural Integral, constituye el punto uno del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, suscritos entre el Estado y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia.
Este punto tiene como propósito sentar bases para la transformación del campo a través del mejoramiento de las condiciones de vida y trabajo de la población rural, especialmente de los campesinos, sus comunidades y de los pueblos étnicos.
El punto cinco, trata acerca del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, incluye la Jurisdicción Especial para la Paz y compromiso sobre derechos humanos, lo cual implica frenar el despojo de las tierras.
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