La acción está dirigida a reforzar las restricciones a los menores para salvaguardar su salud, imposibilitados de vacunarse contra elcoronavirus SARS-CoV-2 y sus variantes, cuando crece la cantidad de infectados.
La medida dispone que los organizadores, productores, propietarios o administradores que realicen y organicen eventos u operaciones públicas o privadas, estarán obligados a exigir evidencia de vacunación para tener el ciento por ciento de ocupación.
Mientras, aquellos que opten por operar con el 50 por ciento de capacidad deberán exigir a los presentes evidencia negativa de prueba de detección del virus dentro de un término máximo de 72 horas antes de acceder al establecimiento.
La orden administrativa establece que, en momentos donde no hay una vacuna autorizada en la población de menores de 12 años, estos no podrán asistir a eventos multitudinarios que propicien la aglomeración de personas, aunque cuenten con una prueba viral negativa.
‘Aunque hemos logrado grandes avances en la lucha contra la pandemia, no podemos retroceder, por lo que debemos confrontar el repunte de casos reflejados durante las pasadas semanas y las medidas de mitigación son necesarias para salvaguardar la salud’, dijo Mellado.
El ministro de salubridad pública expuso que es responsabilidad de todos ser críticos a la hora de asistir a una actividad personal, comercial o profesional.
‘De igual manera, aunque estemos vacunados, mantener en estos espacios el uso de la mascarilla. Vamos a protegernos y no darle paso a las variantes que han surgido’, adujo el funcionario tras recalcar la importancia del uso de mascarilla en espacios cerrados.
Las actividades incluyen, teatros, coliseos, centros de diversión, y cualquier otro local en el que se celebren eventos que propicien la aglomeración de personas, independientemente sea un establecimiento cerrado o al aire libre.
oda/nrm