En declaraciones a Prensa Latina, detalló que con una votación de cinco a cuatro, la Sala Plena de la Corte emitió el citado fallo que, además, ordena garantizar la seguridad de los exguerrilleros reincorporados a la vida civil.
Eso se debe al bajo nivel de implementación del componente de garantías de seguridad para los excombatientes reincorporados por parte del gobierno, lo que es una flagrante violación al punto tres del Acuerdo de La Habana que establece las medidas concretas para garantizar vida de los exguerrilleros, explicó.
«La sentencia es resultado del estudio de cinco tutelas presentadas por excombatientes de distintas regiones del país en las que reclamaban medidas de protección por amenazas y riesgos de seguridad en sus territorios, a su vida, a las comunidades y a sus familias», puntualizó.
La Corte aprobó la creación en un plazo de dos meses de una sala de seguimiento que verificar las órdenes dictadas en este fallo para la materialización del componente de garantías de seguridad, puntualizó.
Destacó que el máximo tribunal les indica múltiples disposiciones a diversas entidades del Estado y se propone hacer una verificación de su cumplimiento.
Dentro de las medidas, le dictamina a la Procuraduría adoptar un mecanismo especial de vigilancia de este fallo junto con la Defensoría del Pueblo, precisó. Asimismo, da tres meses de plazo para que el Consejo Superior de la Judicatura adopte las medidas administrativas y financieras necesarias para el funcionamiento de dicha sala, agragó.
También ordena al gobierno nacional que inicie los trámites para que haya suficiente presupuesto para que los firmantes del Acuerdo que ejercen actividad de liderazgo político social y que comparecen ante el Sistema Integral de Paz, gocen de la protección necesaria, añadió.
Se deberán priorizar, además, los municipios y regiones más afectados por la violencia, enfatizó Marín a Prensa Latina.
Dijo que se mencionan incluso los departamentos que están sufriendo de manera más grave condiciones de vulneración a los derechos de los liderazgos y organizaciones sociales, como Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander Putumayo, Valle del Cauca. De igual forma, le ordena a la Unidad Nacional de Protección que en cuatro meses reevalúe el riesgo que enfrentan los firmantes de paz, los miembros del Partido Comunes, lo mismo que otras personas en situación similar.
Asimismo, que priorice que los esquemas de protección colectiva de los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación se evalúen y de ser necesario nuevos esquemas, se haga la respectiva contratación de escoltas.
«Le ordena también a las autoridades estatales y gubernamentales cumplir los compromisos asumidos en el Acuerdo Final de Paz, que atiendan sus deberes», recalcó.
Para Marín, en términos de la historia de los fallos de la Corte, este en particular podría caracterizarse como inédita sobre todo porque no solo dice que hay una violación flagrante a los derechos de los firmantes del Acuerdo de Paz como ha dicho en otras ocasiones, sino que da una serie de órdenes con mucha concisión.
De acuerdo con el Observatorio de Derecho Humanos y Conflictividades del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz, 48 exguerilleros de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia reintegrados a la vida civil, fueron asesinados en 2021, y 299 desde la firma del Acuerdo, en septiembre de 2016, a la fecha. mem/otf