Después de grandes presiones a la SCJN, que en sentido general general adversa al gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, los partidos Acción Democrática, Revolucionario Institucional y Revolucionario Democrático, no lograron los ocho votos necesarios de los magistrados para invalidar la propuesta.
Siete de los 11 ministros se manifestaron por declarar la inconstitucionalidad de fracciones de la LIE, quedándose a un voto de los requeridos para que el máximo tribunal invalidara la norma ya vigente.
Los resultados de esta votación significan que las impugnaciones se desestiman, por lo que la SCJN no emitirá ninguna jurisprudencia sobre su validez.
Esto deja abierta la puerta para que sigan los juicios de amparo que la impugnan, y los juzgados y tribunales puedan emitir libremente sus fallos, pero caso por caso.
O sea, las impugnaciones serán individuales, por artículos, no de conjunto, y como tal pueden ser invalidadas casuísticamente, pero el instrumento no pierde su carácter constitucional.
En la votación fue definitivo el voto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien afirmó que el artículo 27 define al servicio público de electricidad como una actividad exclusiva del Estado y que por tanto el legislador puede definir libremente el modelo a seguir para garantizarlo.
En esta actividad, señaló, “el libre mercado no puede ser una regla”, contrario a lo que defienden los partidos de oposición que buscan un voto favorable a las empresas extranjeras Iberdrola, de España, y varias de Estados Unidos.
Entre la sesión del martes pasado y la de hoy se manifestaron por la invalidez de la LIE los ministros Javier Laynez, Juan Luis González, Mario Pardo, Norma Lucía Piña, Luis María Aguilar, Margarita Ríos y Alberto Pérez, quienes corren el riesgo de perder más credibilidad que la ya perdida, según diputados oficialistas.
Los cuatro votos a favor del proyecto fueron de la ponente Loretta Ortiz y de Yasmín Esquivel, Alfredo Gutiérrez y Arturo Zaldívar, quienes coincidieron en señalar que no le corresponde a la SCJN determinar cuál es el mejor sistema de generación de electricidad ni la política pública sobre este tema.
Su labor, añadieron, se debe restringir a determinar si la LIE es congruente con la Constitución y con la reforma energética de 2013, aún vigente.
A los alegatos de los siete en contra de la ley, que en fondo eran a favor de las empresas privadas, respondieron los cuatro ministros quienes aseguraron que la Constitución no puede tener la finalidad de asegurar jugosas ganancias a los particulares en contra del pueblo.
Aclararon que la competencia económica no es un derecho absoluto y menos en un área como la generación de electricidad cuya rectoría corresponde al Estado.
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